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Registro Civil entregó carnet con RUT equivocado a ciudadano analfabeto, lo demandó por usurpación de identidad y ahora deberá indemnizarlo con $20 millones

Periodista reportando noticias

Servicio de Registro Civil deberá pagar $20 millones de indemnización a ciudadano aymara por daño moral luego de que se le acusara de usurpar la identidad por portar una cédula de identidad errónea, que fue entregada por el mismo Servicio.

Por Agustina Carroza

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El Décimoquinto Juzgado Civil de Santiago condenó al Servicio de Registro Civil a pagar una indemnización de $20.000.000 por concepto de daño moral a un ciudadano analfabeto y de etnia aymara.

A la persona se le entregó durante años una cédula de identidad con datos incorrectos y al momento de intentar renovarla, se le denegó el tramite y fue denunciado ante el Ministerio Público por presunta usurpación de identidad.

En el fallo estableció que el servicio incurrió en un actuar negligente al denegar en dos oportunidades, 1999 y 2005, la renovación del documento de identidad del afectado, pese a que desde 2006 se tenía conocimiento de que la cédula que portaba no correspondía a su verdadera identidad.

La situación solo fue regularizada en 2023, tras acogerse un recurso de protección presentado por el demandante.

La sentencia indica que, “desde el año 2006 el servicio estaba en conocimiento de que la verdadera cédula de identidad del demandante correspondía la 5.XXX.XXX-1, y solo se inscribió su nacimiento y se otorgó un carnet de identidad el año 2023”.

Es decir, que la identidad correcta del ciudadano correspondía a un número distinto al que figuraba en su cédula, sin embargo, no procedió de forma oportuna a inscribir su nacimiento ni a otorgar un documento válido, pese a las comunicaciones sostenidas con el afectado durante años.

El deber del Registro Civil de identificar a los ciudadanos

El tribunal enfatizó que, conforme a la Ley N°19.477, es deber del Servicio de Registro Civil inscribir los nacimientos, además de, “Establecer y registrar la identidad civil de las personas y otorgar los documentos oficiales que acreditan la identidad”.

Por lo mismo, el fallo estableció que, al no cumplir con estas obligaciones estando en conocimiento del error, el servicio no cumplió con las obligaciones establecidas por ley.

“Se puede dar por establecido que el servicio no cumplió con las obligaciones legales indicadas”, señala el fallo, el cual determinó que el Registro Civil actuó de manera ilegal al no acreditar ni fundamentar adecuadamente las razones para negar la regularización de la situación del demandante.

De esta manera, el tribunal determinó que la negligencia del Registro Civil causó un daño moral al afectado y se configuró una falta de servicio, por lo que se estableció la condena de pago de una indemnización de $20 millones.

Fuente: The Clinic

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